Protección de glaciares

Una ley argentina protege los glaciares de la explotación minera.

Por primera vez en Argentina, se consigue una ley que protege los glaciares de la industria minera y de hidrocarburos, preservándose así esas inmensas reservas de agua dulce. Este importante cambio legislativo se ha conseguido gracias al trabajo conjunto de ONG, asambleas, partidos políticos, cámaras de productores, etc, incluyendo protestas frente al congreso y llamadas a los senadores para reclamar que éstos votaran la ley, a pesar de la presión ejercida por el lobby de la corporación minera.

“La importancia de esta norma reside fundamentalmente en que preserva los glaciares como reservas estratégicas de recursos hídricos, de biodiversidad, y para las actividades productivas, a la vez que los clasifica como ‘bienes de carácter público’. Define, además, como ambiente periglacial el área con suelos congelados que actúa como regulador de recursos hídricos”, ha declarado a Integral Hernán Giardini, de la Campaña de Clima y Bosques de Greenpeace Argentina. “Lo cierto es que la flamante Ley de Glaciares obliga a realizar un inventario nacional de glaciares y el ambiente periglacial para su adecuada protección, control y monitoreo, a la vez que establece que las empresas mineras y petroleras deberán someterse a un estudio para evaluar su actual impacto ambiental sobre estas reservas de agua dulce. Para esa tarea se designa al Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), ubicado en Mendoza. Una vez realizado el inventario, quedarán prohibidas sobre los glaciares las actividades que puedan afectar su condición natural, entre ellas la exploración y explotación minera e hidrocarburíferas. También se prohíbe en los glaciares la instalación de actividades industriales, la construcción de obras de arquitectura e infraestructura, como así también la liberación o dispersión de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos”, explica Giardini.

Con esta ley en la mano, se podrá incluso detener proyectos mineros o petroleros ya en marcha y ordenar el cese o traslado de dichas actividades, además de exigir las medidas de limpieza o restauración necesarias. La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación argentina es el máximo organismo de aplicación y el IANIGLA deberá realizar el inventario.

Las organizaciones ambientalistas están especialmente satisfechas porque la norma que fuera sancionada y luego vetada en 2008 sólo restringía la actividad minera en los glaciares, pero la actual alcanza también a los hidrocarburos y a toda industria que utilice sustancias tóxicas en unas zonas naturales tan sensibles a la vez al cambio climático.

URL: http://www.larevistaintegral.com/?p=6404

Escrito por Redacción el ene 24 2011. Archivado bajo Noticias, top. Puedes seguir las respuestas de esta entrada por RSS 2.0. Puedes ir al final y dejar una respuesta. Pinging no esta permitido

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